
El 7 de junio de 2022 la Inspección General de Justicia (“IGJ”) publicó la Resolución General 6/2022 (“Resolución”), por la cual se modifican los artículos 516 y 517 de la Resolución General 7/2015 (texto ordenado de las Normas de la IGJ).
Los artículos mencionados establecen la documentación que las fundaciones y asociaciones civiles están obligadas a presentar ante el organismo para garantizar el origen y licitud de los fondos de las donaciones que recibieran. Esta normativa se encuadra en el marco de la prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
La normativa anterior establecía los montos mínimos a partir de los cuales debía presentarse una declaración jurada y, según el caso, la documentación que respalde el origen de los fondos. En este sentido, a partir de $140.000 debía presentarse una declaración jurada anual, a partir de $400.000 una declaración jurada sobre la licitud y origen de los fondos, y finalmente a partir de $800.000 además de la declaración jurada debía presentarse documentación respaldatoria y/o información que sustente el origen declarado de los fondos.
Con las modificaciones introducidas, los montos se elevan a $420.000, $1.200.000 y $2.400.000, respectivamente. No obstante, la novedad no resulta sólo del aumento de los montos, sino que los mismos quedan supeditados a lo que dicte la Unidad de Información Financiera (“UIF”). Es decir, en adelante, los montos serán determinados por las normas dictadas por la UIF.